¿Qué consecuencias tiene la concesión de una incapacidad permanente total?

Consecuencias incapacidad permanente total

La declaración de incapacidad permanente total constituye una decisión de gran trascendencia en la vida laboral y personal del trabajador.

No solo determina la imposibilidad de seguir desempeñando su profesión habitual, sino que también abre la puerta al reconocimiento de una pensión y a un conjunto de consecuencias jurídicas, económicas y sociales que vamos a analizar a continuación.

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¿Cuándo se concede la incapacidad permanente total?

La incapacidad permanente total se concede cuando el trabajador queda inhabilitado para realizar todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, aunque pueda dedicarse a otra distinta.

Como norma general, debe derivarse de una incapacidad temporal previa, salvo en algunos casos (como por ejemplo si se deriva de la contingencia de accidente de trabajo) y cuando, después de haber finalizado el tratamiento prescrito, el trabajador presente reducciones anatómicas o funcionales graves, presumiblemente definitivas, que afecten negativamente a su capacidad laboral.

En cualquier caso, solicitar una incapacidad en situación de activo deja de tener presunción de veracidad, aunque nada impide que se solicite.

En cuanto a la declaración misma, se debe realizar tras un procedimiento de valoración médica y administrativa en el que interviene el Equipo de Valoración de Incapacidades (o el Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas en Cataluña), y es finalmente reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, el Instituto Social de la Marina.

Esta figura está regulada principalmente en el artículo 194.1 de la Ley General de la Seguridad Social, que recoge los grados de incapacidad permanente.

¿Qué implica la concesión de una incapacidad permanente total?

La concesión de la incapacidad permanente total produce efectos en distintos ámbitos. En primer lugar, supone que el trabajador ya no puede seguir ejerciendo su trabajo habitual, lo que tiene consecuencias laborales inmediatas. En segundo lugar, implica el reconocimiento de una pensión o, en ciertos casos, de una indemnización a tanto alzado, con lo que se producen consecuencias económicas directas.

Adicionalmente, la declaración de incapacidad permanente total lleva aparejados otros efectos, como el reconocimiento paralelo de una discapacidad, algunas consecuencias fiscales y de previsión social, que pueden afectar tanto a la tributación de las prestaciones como a la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada.

¿Qué consecuencias laborales tiene la declaración de incapacidad permanente total?

En el plano laboral, la declaración de incapacidad permanente total implica la extinción del contrato de trabajo, dado que el trabajador no puede continuar desarrollando las funciones esenciales de su profesión. Sin embargo, la norma permite que pueda dedicarse a otra profesión distinta, incluso en la misma empresa en la que prestaba servicios, siempre que las tareas sean diferentes de las que desempeñaba antes de la incapacidad.

Esta compatibilidad hace posible que el trabajador perciba la pensión de incapacidad y, al mismo tiempo, los ingresos derivados de un nuevo empleo, lo que resulta especialmente relevante para quienes aún se encuentran en edad laboral activa.

No obstante, hay que tener en cuenta que si el trabajador pensionista, por ser mayor de 55 años, está cobrando un incremento del 20 % en la pensión, en atención a sus mayores dificultades para acceder a un empleo (incapacidad permanente total cualificada), no podrá compatibilizar su pensión con un trabajo.

¿Qué consecuencias económicas tiene la declaración de incapacidad permanente total?

Las consecuencias económicas de la incapacidad permanente total son varias:

Cobro de una pensión

El trabajador tiene derecho a una pensión vitalicia equivalente al 55 % de la base reguladora, cuya forma de pago varía en función del tipo de contingencia de la que derive.

De ese modo, el trabajador cobrará una pensión en 12 mensualidades, con las pagas extras prorrateadas, si la incapacidad deriva de una contingencia profesional (accidente de trabajo o enfermedad profesional), y de 14 pagas, si deriva de contingencia común (accidente no laboral o enfermedad común).

En algunos casos, es posible sustituir la pensión por una indemnización a tanto alzado.

Incapacidad permanente total cualificada

Si el beneficiario tiene 55 o más años y presenta especiales dificultades para acceder a un nuevo empleo, puede obtener un incremento del 20 % en la pensión, alcanzando el 75 % de la base reguladora.

Indemnización a tanto alzado

Cuando el trabajador es menor de 60 años, puede optar por recibir la prestación en forma de indemnización a tanto alzado en lugar de pensión, siempre que realice o tenga previsto realizar otra actividad laboral o profesional. 

El número de mensualidades de pensión que corresponde varía en función de la edad del trabajador. Esta opción no es posible si se ha reconocido la modalidad cualificada, dado que son incompatibles.

Incremento en caso de responsabilidad empresarial

Si la incapacidad deriva de un accidente de trabajo causado por la falta de medidas de seguridad de la empresa, la pensión puede incrementarse entre un 30 % y un 50 %.

¿Qué consecuencias tiene en la situación de incapacidad?

La concesión de la incapacidad permanente total supone automáticamente el reconocimiento de un grado de discapacidad del 33 %, con los efectos sociales y beneficios que ello comporta.

Por otro lado, la situación de incapacidad puede ser objeto de revisión. El Instituto Nacional de la Seguridad Social establece en la resolución inicial el plazo a partir del cual se podrá revisar el grado de incapacidad, ya sea por mejoría, agravación o error de diagnóstico.

La revisión puede implicar tanto un aumento como una reducción del grado, o incluso la extinción de la prestación.

Es importante no dejar de responder al escrito de revisión que pueda emitir el INSS, a los efectos de evitar la propia revisión.

Otras consecuencias de la declaración de incapacidad permanente total

Existen otras consecuencias relevantes asociadas a esta declaración:

  • Consecuencias fiscales. Las pensiones y prestaciones por incapacidad permanente están exentas de tributar por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) hasta ciertos límites establecidos por la normativa tributaria.
  • Indemnizaciones complementarias. Además de las prestaciones de la Seguridad Social, el trabajador puede tener derecho a indemnizaciones adicionales previstas en convenio colectivo o a indemnizaciones derivadas de responsabilidad empresarial por accidente de trabajo.
  • Acceso a la jubilación anticipada. En determinados casos, si además el pensionista tiene un grado de discapacidad igual o superior al 45 %, el reconocimiento de una incapacidad permanente total puede facilitar el acceso a la jubilación anticipada.
  • Conversión en pensión de jubilación. Si el trabajador alcanza la edad ordinaria de jubilación estando en situación de incapacidad, su pensión de incapacidad se transformará automáticamente en pensión de jubilación por incapacidad permanente, sin que ello suponga reducción en la cuantía.
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