¿Cuándo y cómo se revisa la incapacidad permanente?

Revisión incapacidad permanente

En este artículo vamos a explicar cuándo se revisa la incapacidad permanente, cómo es el proceso y cuáles son las posibles consecuencias.

La incapacidad permanente es la situación en la que una persona tiene derecho a cobrar una pensión por no poder realizar su trabajo o cualquier trabajo debido a una(s) lesión(es) o patología(s).

Tras pasar por el proceso de solicitud de la incapacidad permanente, el Equipo de Valoración de Incapacidades (organismo dependiente del INSS) será el encargado de proponer, si procede, la incapacidad permanente, que será -en todo caso- reconocida por el INSS.

Sin embargo, es importante destacar que esa incapacidad permanente puede ser revisada en el futuro.

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¿Cuándo se revisa la incapacidad permanente?

En muchas ocasiones se cree, erróneamente, que después de ser otorgada la incapacidad permanente, ésta no vuelve o puede revisarse. Sin embargo, la situación de cada persona sí suele ser revisada con más o menos regularidad en función del historial médico y situación personal de cada pensionista.

En este sentido, en el historial de la resolución de la incapacidad permanente se debe indicar de forma clara y precisa cuál será la próxima fecha en la que la situación del pensionista será revisada.

En dicha revisión se determinará si la situación médica sigue igual o si por el contrario ha habido un empeoramiento o una mejoría.

De ahí que, aunque se trate de una incapacidad permanente, ésta puede tener una duración limitada en el tiempo, en caso de que tras una mejoría la persona pueda volver a trabajar.

Esta situación suele ser más factible para quienes han sufrido lesiones por accidentes que, con el tratamiento y reposo indicado por los médicos especialistas, sanan por completo o en su defecto experimentan una mejoría que les permite trabajar nuevamente (aunque no sea en su profesión habitual, es decir, aquella que venían desempeñando anteriormente).

La determinación de la fecha

La fecha que se establece como plazo vincula, tanto a la Administración Pública como al individuo que hace la solicitud y se indica de forma clara en la hoja de resolución del grado de incapacidad permanente y pensión otorgada. Por otro lado, dicho plazo comienza a contarse desde el momento en que la misma es firme (pasados 30 días hábiles desde que es notificada al interesado).

Para la revisión, la persona deberá ser sometida a nuevos estudios médicos, además de la revisión del historial médico, con el objetivo de determinar si ha habido o no, una mejoría o si, por el contrario, la condición ha empeorado. El objetivo de estas revisiones es determinar si es necesario hacer algún cambio en el grado de incapacidad reconocido hasta ese momento.

¿Cómo es el procedimiento de revisión?

En lo que se refiere al procedimiento de revisión, éste puede variar de un caso a otro en función del historial clínico de cada paciente. El mismo podrá estar basado en un empeoramiento de la salud del afectado, así como también en una mejoría.

Por otro lado, la fecha de revisión de la incapacidad permanente también tiene un impacto directo sobre la empresa para la que trabaja la persona afectada en el momento de recibir la resolución de incapacidad. Y es que, si dicha revisión debe ser hecha en un período de tiempo inferior a dos años, la empresa está obligada a reservar el puesto de trabajo de dicha persona para que, en caso de que haya una mejoría y vuelva a estar capacitado, retomar su puesto de trabajo.

La revisión también puede ser solicitada por el propio pensionista (normalmente en caso de agravamiento). Por ejemplo, el pensionista ante un empeoramiento de su dolencia -o aparición de nuevas- podría solicitar una revisión con el objetivo de pasar de un grado de incapacidad permanente total a incapacidad permanente absoluta, o a gran invalidez.

Consecuencias de la revisión

El proceso de revisión puede finalizar con alguno de los siguientes efectos:

  1. Confirmación del grado de incapacidad actual.
  2. Cambio en el grado de incapacidad, ya sea para aumentarlo o para reducirlo.

En caso de un cambio en el grado de incapacidad anteriormente reconocido, también es posible que haya un cambio en la cuantía de la prestación, la cual debe ser acorde a la nueva situación del solicitante. En ese caso, la nueva cuantía comenzará a ser percibida al día siguiente de la nueva resolución que determine el nuevo grado reconocido.

Otro posible efecto que se puede derivar de la revisión de la incapacidad es la pérdida o extinción de la pensión por incapacidad permanente. Estos casos ocurren cuando la mejoría es significativa y el tribunal médico determina que la persona puede retomar con normalidad su actividad laboral.

Conclusión

En conclusión, la pensión por incapacidad permanente puede ser revisada, tanto por solicitud del mismo tribunal como por solicitud del afectado.

De esa revisión se pueden derivar varios escenarios, como mantener el mismo grado, la extinción de la pensión, una reducción en el grado de incapacidad anteriormente reconocido o un aumento, con las consecuencias -sobre todo económicas- que ello implica.

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