¿Cuándo y cómo se revisa la incapacidad permanente?

Revisión incapacidad permanente

En muchas ocasiones se cree, erróneamente, que tras ser otorgada la incapacidad permanente, esta no vuelve a revisarse. Sin embargo, es importante destacar que la incapacidad laboral permanente puede ser revisada en el futuro.

En este artículo vamos a explicar cuándo se revisa la incapacidad permanente, cómo es el proceso y cuáles son las posibles consecuencias.

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¿Cuándo se revisa la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente es la situación en la que una persona tiene derecho a cobrar una pensión por no poder realizar su trabajo o cualquier trabajo debido a una lesión o patología.

Tras pasar por el proceso de solicitud de la incapacidad permanente, el Equipo de Valoración de Incapacidades (organismo dependiente del INSS) será el encargado de proponer la incapacidad permanente que proceda y que será reconocida por el INSS, en todo caso.

Sin embargo, esta incapacidad que ha sido concedida puede ser revisada en momentos posteriores, con mayor o menor regularidad en función del historial médico y situación personal de cada pensionista.

En este sentido, en la carta de resolución de la incapacidad permanente se debe indicar de forma clara y precisa cuál será la próxima fecha en la que la situación del pensionista será revisada.

La fecha que se establece como plazo vincula tanto a la Administración Pública como al individuo que hace la solicitud y comienza a contarse desde el momento en que la misma es firme (pasados 30 días hábiles desde que es notificada al interesado).

Por otro lado, la fecha de revisión de la incapacidad permanente también tiene un impacto directo sobre la empresa para la que trabaja la persona afectada en el momento de recibir la resolución de incapacidad. Y es que, si dicha revisión debe ser hecha en un período de tiempo inferior a dos años, la empresa está obligada a reservar el puesto de trabajo de dicha persona para que, en caso de que haya una mejoría y vuelva a estar capacitado, retomar su puesto de trabajo.

¿Cómo es el procedimiento de revisión de una incapacidad permanente?

En lo que se refiere al procedimiento de revisión, este puede variar de un caso a otro. La persona afectada será sometida a nuevos estudios médicos, además de la revisión del historial médico, con el objetivo de determinar si ha habido o no, una mejoría o si, por el contrario, la condición ha empeorado. El objetivo de estas revisiones es determinar si es necesario hacer algún cambio en el grado de incapacidad reconocido hasta ese momento.

La revisión también puede ser solicitada por el propio pensionista (normalmente en caso de agravamiento). Por ejemplo, el pensionista ante un empeoramiento de su dolencia -o aparición de nuevas- podría solicitar una revisión con el objetivo de pasar de un grado de incapacidad permanente total a incapacidad permanente absoluta, o a gran invalidez.

El proceso de revisión puede finalizar con alguno de los siguientes efectos:

  1. Confirmación del grado de incapacidad actual.
  2. Cambio en el grado de incapacidad, ya sea para aumentarlo o para reducirlo.

En caso de un cambio en el grado de incapacidad anteriormente reconocido, también es posible que haya un cambio en la cuantía de la prestación, la cual debe ser acorde a la nueva situación del solicitante. En ese caso, la nueva cuantía comenzará a ser percibida al día siguiente de la nueva resolución que determine el nuevo grado reconocido.

Otro posible efecto que se puede derivar de la revisión de la incapacidad es la pérdida o extinción de la pensión por incapacidad permanente. Estos casos ocurren cuando la mejoría es significativa y el tribunal médico determina que la persona puede retomar la actividad laboral (esta situación suele ser más habitual para quienes han sufrido un accidente que ha provocado ciertas lesiones y que, con el tratamiento y reposo indicado, pueden experimentar una mejoría).

Conclusión

En conclusión, la pensión por incapacidad permanente puede ser revisada, tanto por solicitud del mismo tribunal como por solicitud del afectado.

De esa revisión se pueden derivar varios escenarios, como mantener el mismo grado, la extinción de la pensión, una reducción en el grado de incapacidad anteriormente reconocido o un aumento, con las consecuencias que ello implica.

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