La incapacidad permanente absoluta supone un salto cualitativo respecto a la incapacidad permanente total, porque mientras que esta última representa que el trabajador no puede realizar las tareas principales de su profesión habitual, pero sí llevar a cabo otras actividades laborales, la absoluta supone que ya no puede desarrollar ningún tipo de profesión u oficio.
Por ello, como es lógico, la pensión correspondiente en caso de incapacidad permanente absoluta es más alta que cuando se trata de la total (siempre teniendo en cuenta la Base Reguladora de cada solicitante).
Es por ello que surge la duda de si se puede pasar de la incapacidad permanente total a la incapacidad permanente absoluta, y en este artículo vamos a dar la respuesta.
