La incapacidad permanente por fibromialgia

Incapacidad permanente por fibromialgia

La fibromialgia es una enfermedad reumática crónica cuyos síntomas son, preponderantemente, los dolores generalizados en todo el sistema músculo-esquelético que se acompañan de un cortejo de síntomas variados entre los que cabe destacar: cefaleas, cistitis intersticial, fatiga y cansancio extremo, alteraciones del sueño, colon irritable y desequilibrio emocional.

Es un mal que inhabilita a quien lo sufre, siendo un síndrome de etiología desconocida cuya característica principal es el dolor articular y muscular generalizado.

Su diagnóstico está definido por “The American College of Rheumatology” como dolor difuso de partes blandas de, al menos, 3 meses de duración y dolor objetivable a la palpación de al menos 11 sobre 18 puntos gatillo sobre un plano anatómico de entesis previamente determinado por acuerdo.

La fibromialgia es una enfermedad diagnosticada por exclusión, por lo que deben ser descartadas previamente otras entidades que cursen con artromialgias para evitar conclusiones erróneas.

Grado de incapacidad laboral por fibromialgia

Se trata de una dolencia que suele dar lugar a procesos de incapacitación laboral. Pero debe hacerse notar que la mayor parte de los casos de incapacidad permanente a causa de esta enfermedad que se han logrado han sido por vía judicial y no administrativa, destacando que -en muchos de estos casos- se puede conseguir una Incapacidad Permanente Total (IPT), para la profesión habitual, con el mínimo de 11 puntos de dolor objetivados, valorando -claro está- las circunstancias concurrentes en cada caso.

Es decir, si la dolencia objetivada está por encima de estos 11 puntos se puede llegar a considerar que el síndrome de fibromialgia padecido es severo y, por ello, es posible la declaración de Incapacidad Permanente Absoluta (IPA), para cualquier trabajo e, incluso, la Gran Invalidez (GI), para aquellos que necesiten ayuda de tercera persona para sus tareas más elementales y cotidianas.

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El Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) suele poner ciertos reparos a estos casos, ya que es una enfermedad que se presenta en muy distintos grados, variando los niveles de incapacidad. Hay personas que la sufren y conservan sus capacidades funcionales, mientras que hay otras que se ven absolutamente imposibilitadas de realizar sus tareas habituales o las más elementales y cotidianas.

Debido a ello han surgido nuevos mecanismos para poder precisar el grado de afectación de un paciente aquejado por este síndrome, tales como el SS SCORE (o Índice de Gravedad de Síntomas) y el WPI (o Índice de Dolor Generalizado).

A los pacientes diagnosticados por fibromialgia es prudencial la realización de los siguientes exámenes médicos:

  • Analíticas.
  • Exámenes psicológicos (FIQ, Cuestionario General de Salud GHQ, Escala Hospitalaria de Ansiedad y Depresión HAD, Catastrofismo, Escala modificada de impacto de fatiga MFI y Cuestionario SF-36 sobre Estado de Salud).
  • Exámenes físicos dependientes de los dolores revelados.

Causas de la fibromialgia

La fibromialgia puede desarrollarse a cualquier edad y en personas de ambos sexos. Se observa más frecuentemente entre mujeres de entre 20 y 50 años. En el Estado español se estima que afecta a más de un 3% de la población.

No se sabe exactamente cuál es la causa de la fibromialgia, pero se conoce que se da una afectación de los neurotransmisores químicos del cerebro que transmiten las señales de dolor. La persona se vuelve más sensible al dolor y, analíticamente, pueden llegar a detectarse déficits de serotonina y de GH o somatomedina en algunos grupos de pacientes.

Varios factores inciden en el padecimiento de esta enfermedad: genéticos (ya que se observa que se repite en algunas familias), infecciosos, traumas físicos o emocionales y/o otras enfermedades de base.

El 20% de las consultas en los servicios de reumatología en España son por fibromialgia.

Síndrome de fatiga crónica

No puede confundirse, en cuanto a patología, la fatiga crónica con la fibromialgia, si bien, el primero es un síndrome infradiagnosticado con resultados para el paciente de índole muy similar a la fibromialgia, incluso superponible.

La valoración de esta enfermedad está condicionada por el carácter subjetivo de la misma en cuanto a sus síntomas y afectación en el dolor que produce, por lo que se dificulta su valoración objetivable en base a evidencias científicas.

Este síndrome suele cursar con fatiga inexplicable y que no guarda relación alguna con las actividades realizadas, odinofagia, alteraciones en la esfera neurocognitiva y trastornos de memoria y concentración, insomnio y mialgias, debiéndose cumplir los criterios de FUKUDA.

Criterios de FUKUDA: (cumplir A y al menos cuatro de B)

A-Padecer una fatiga crónica física y mental grave no previamente existente (impacto superior al 50 % de la actividad y capacidad habitual, incluyendo la actividad laboral, educacional, social y personal) durante seis o más meses que, según un diagnóstico clínico, no pueda ser atribuida a ninguna enfermedad conocida.

B-Tener en la actualidad cuatro o más de los siguientes síntomas: 1-Deterioro sustancial de la memoria o la concentración a corto plazo. 2-Faringitis o amigdalitis. 3-Nódulos linfáticos sensibles. 4-Mialgias, artralgias múltiples sin hinchazón o eritema. 5-Cefaleas de una clase e intensidad no sufrida anteriormente. 6-Alteración del sueño. 7-Malestar que persiste más de 24 horas después de un esfuerzo. Estos síntomas tienen que haberse presentado, persistente o recurrentemente, durante un mínimo de 6 meses consecutivos y no haber precedido a la fatiga.

Esta enfermedad tiende a confundirse, erróneamente, como una patología episódica cuando, en realidad, alcanza cotas incapacitantes como -por ejemplo- el impedimento a peinarse o vestirse.

Estos síndromes, caracterizados por trastornos de etiología desconocida, caracterizados por dolor esquelético difuso son de índole progresiva, en todos los casos, deviniendo crónicos.

Baja laboral por fibromialgia

Para que proceda una incapacidad permanente por una enfermedad la limitación funcional para el trabajo debe ser notoria.

La solicitud de baja laboral se realiza, siempre, previos estudios o exámenes médicos que encuadren la sintomatología del paciente en este síndrome fibromiálgico (aunque cabe recordar que la incapacidad permanente puede solicitarse siempre, en cualquier caso, estando o no de baja laboral).

Hay que tener en cuenta que la fibromialgia es una enfermedad crónica, pero no degenerativa. No existe un tratamiento curativo, sino posibles indicaciones médicas que pueden aliviar los síntomas y mejorar el bienestar del paciente. Es una patología que cursa por brotes, es decir, que los pacientes tienen momentos agudos y otros en los que se pueden sentir mejor.

El diagnóstico temprano de la enfermedad contribuye a poder tratar mejor al paciente y que este pueda mejorar y mantener su actividad.

¿Cómo se solicita incapacidad permanente por fibromialgia?

Para que pueda solicitarse incapacidad permanente por fibromialgia la persona que padece esta enfermedad debe tener un cuadro caracterizado por sufrimiento de dolor que cause limitación de la movilidad, avalado por informes médicos completos, que pueden provenir, siempre, de médicos en ejercicio privado o público (preferentemente).

Los informes pueden ser del médico de cabecera o de un especialista, en este caso, un reumatólogo. Es conveniente que los informes indiquen, además de los síntomas y los resultados de los exámenes a los que se haya sometido el paciente, el tratamiento que se ha prescrito.

La prescripción de analgésicos fuertes es otro indicativo del grado de dolor que sufre la persona.

Para evaluar cuál es el grado de dolor en la musculatura y en el tejido fibroso de todo el cuerpo que sufre una persona con fibromialgia, se emplea una escala que se conoce como escala de los puntos gatillo o de los puntos dolorosos (mínimo 11 sobre 18).

Se trata de medir la cantidad de lugares del cuerpo en los que al hacer presión aparece el dolor. Cuantos más sean estos puntos se considera que es mayor el grado de severidad de la fibromialgia que se padece. La reumatología, como hemos mencionado unas líneas más arriba, ha establecido que existen un máximo de 18 puntos gatillo. También se mide en el examen el grado de dolor que siente el paciente.

El dolor en la fibromialgia trae como consecuencia que disminuya la amplitud articular y, por lo tanto, la capacidad laboral. Cuando la persona que sufre esta enfermedad intenta extender sus miembros superiores o inferiores o movilizar otras partes del cuerpo aparece el dolor, limitando los movimientos.

Esto impacta de manera importante el desempeño de una persona en su trabajo, habiendo por supuesto diferencias de acuerdo con el tipo de trabajo que la persona desempeñe.

Es conveniente buscar asistencia de un abogado

Además de contar con todos los soportes médicos, es recomendable en los procesos de solicitud de incapacidad permanente por fibromialgia contar con el asesoramiento de un abogado especialista en esta materia.

El proceso se inicia presentando el caso ante el INSS y solicitando que el mismo sea valorado por el Tribunal Médico competente según Comunidad Autónoma y provincia (en Cataluña, por ejemplo, el SGAM y el ICAM). El mismo INSS enviará la citación para que el paciente acuda a la evaluación ante el Tribunal Médico competente territorialmente para valorar su caso.

Después de esta evaluación, en un plazo aproximado de un mes (plazo que no está regulado y puede sufrir alteraciones), el solicitante recibirá la resolución la cual, o bien concederá la incapacidad permanente -en este caso por fibromialgia- y especificando el grado concedido, o bien la denegará.

Si la resolución otorga la incapacidad permanente por fibromialgia la Seguridad Social empezará a pagar mensualmente la pensión correspondiente al trabajador.

Cuando la solicitud es denegada se debe presentar, por escrito, en un plazo de 30 días hábiles una Reclamación Previa ante el mismo INSS (requisito indispensable para poder acudir, de ser necesario, a la vía judicial, agotando la vía administrativa). Esta reclamación debe estar muy bien estructurada y ser muy explicativa del caso, ya que con ella se agota la vía administrativa.

De denegarse, también, esta Reclamación Previa hay que redactar y presentar una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social territorialmente competente que por turno corresponda, aportando toda la documentación administrativa y médica que se ostente y clarificando los motivos por los que se solicita el auxilio judicial y la declaración de incapacidad laboral del actor/a.

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