¿Cómo actuar en caso de denegación de la incapacidad permanente?

Denegación de incapacidad permanente

En algunas ocasiones es posible que la resolución de un caso por incapacidad sea la denegación administrativa (resolución negativa por parte del INSS); sin embargo, ello no implica que el caso quede cerrado de forma definitiva.

Cuando la incapacidad permanente es denegada se puede iniciar un procedimiento de reclamación previa para que el caso sea evaluado nuevamente y, en caso ser rechazado una vez más, será posible acudir a la vía judicial.

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La denegación de la incapacidad permanente es una opción posible que puede deberse a diferentes motivos, aunque de difícil apreciación dada la falta de motivación de muchas de ellas.

Aunque de esta manera es posible conocer cuál o cuáles han sido las "razones" dadas por las cuales se ha denegado el otorgamiento de la incapacidad permanente, información que es de vital importancia para plantear adecuadamente el proceso de reclamación previa.

Proceso en caso de denegación de la incapacidad permanente

En algunos casos es posible que, por diferentes circunstancias, la Seguridad Social deniegue la solicitud de reconocimiento de incapacidad permanente. Sin embargo, es importante destacar que esta negativa no significa que el caso queda definitivamente cerrado, como hemos anunciado, porque el afectado cuenta con varios recursos disponibles para tratar de revertir ese resultado que, en un principio, ha sido negativo para sus intereses.

El primer paso después de esa primera denegación es iniciar un proceso de reclamación previa. De ahí que resulte sumamente importante conocer bajo qué argumentos se ha denegado la incapacidad permanente y que ésta se realice por expertos en la materia, para no obviar ninguna circunstancia a evaluar.

Esta primera reclamación se hará por vía administrativa (agota la misma) y es el trámite previo al posible inicio de la vía judicial.

A continuación, analizamos los pasos a seguir de forma más detallada en caso de una denegación, siempre y cuando no se esté de acuerdo con dicha resolución:

Reclamación Previa

La reclamación previa es el primer paso después de la denegación. Se trata del primer recurso cuando la resolución deniega el reconocimiento de una incapacidad laboral permanente, así como también si han reconocido una incapacidad pero no se está de acuerdo con el grado reconocido.

En cualquiera de los casos, es un trámite administrativo que se debe gestionar y presentar directamente ante la Seguridad Social. Ese proceso inicial de reclamación solicita, principalmente, que se vuelva a analizar la solicitud inicial, alegando que el Tribunal Médico no ha hecho una valoración correcta o adecuada del historial médico de la persona o que la propia Seguridad Social (como en la mayoría de los casos) no tiene en cuenta o no valora la totalidad de las patologías y/o dolencias del afectado/a ni el grado de afectación de las mismas.

Después de ese proceso de reclamación previa se debe dictar nueva resolución por el INSS, pudiendo el solicitante ver reconocido el grado de incapacidad permanente que le corresponde.

Si tras la reclamación previa la resolución vuelve a ser la denegación de la incapacidad o el reconocimiento de un grado inferior al solicitado, se podrá acudir a la vía judicial.

Demanda de incapacidad laboral en vía judicial

La demanda judicial por incapacidad es el paso siguiente cuando la reclamación administrativa no ha sido favorable. En esos casos, lo más recomendable es presentar la demanda de la mano de un abogado especializado en incapacidades laborales, al igual que la Reclamación Previa.

Es importante destacar que una valoración previa siempre debe realizarse, evaluando la evidencia científica, por lo que es necesario determinar toda la evidencia presentada por médicos y peritos, además, por supuesto, de todos los aspectos jurídicos.

Si después de toda la evaluación anterior, se opta por interponer la demanda, se dispone de 30 días hábiles para presentar la misma ante los Juzgados de lo Social que correspondan. Es importante destacar que ese tiempo comienza a contar desde el momento en que se recibe la notificación oficial de la resolución de la reclamación previa presentada vía administrativa.

Posteriormente, en el proceso judicial, se deberán aportar todas las pruebas posibles que permitan demostrar que la persona, efectivamente, tiene el grado de incapacidad que se reclama.

Después del juicio, si el resultado es favorable, se determinará la fecha de efectos, así como también el grado de incapacidad reconocido.

En caso de sentencia desfavorable o de ser reconocido un grado de incapacidad diferente al solicitado, se puede presentar un nuevo recurso (de suplicación) para evaluar dicha resolución.

Recurso ante el Tribunal Superior de Justicia

Finalmente, en caso de no obtener la resolución deseada ante el Juzgado de lo Social, el siguiente paso es interponer un recurso de suplicación contra la sentencia judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Reincorporación al trabajo en caso de denegación y alta

En caso de una denegación de la incapacidad permanente -y si además se ha dado de alta al trabajador-, el solicitante deberá reincorporarse a su puesto de trabajo.

Es importante destacar que el alta en la Seguridad Social tiene efectos inmediatos, por lo que desde el mismo día de la notificación o como mucho, al siguiente día laborable, la persona deberá acudir a su puesto de trabajo (a no ser que se presente reclamación previa contra la misma, en cuyo caso los efectos de esta se postergan hasta que se resuelva dicho recurso).

La ausencia del puesto de trabajo después de transcurridas 24 horas de la notificación es motivo suficiente para que la empresa considere dicha ausencia como una falta injustificada. Lo que se puede traducir en una medida disciplinaria y, en los casos más extremos, puede justificar el despido.

La importancia de asesorarse con abogados expertos

Es muy importante contar con el asesoramiento y acompañamiento de un abogado experto en incapacidades laborales durante todo el procedimiento.

La experiencia del abogado ayudará a determinar la viabilidad de la pretensión así como a recabar los informes y pruebas necesarios para buscar el mejor resultado posible.

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