La incapacidad permanente y la discapacidad son conceptos que tienen a confundirse, pero son distintos, ya que la incapacidad permanente hace referencia a la situación de una persona que, por un problema de salud, tiene dificultades para trabajar o no puede hacerlo, mientras que la discapacidad se refiere a deficiencias de distinto tipo que dificultan la inclusión de la persona en la sociedad.
Ahora bien, la incapacidad permanente y la discapacidad son situaciones relacionadas, porque a la incapacidad permanente, en los grados de total, absoluta y gran incapacidad (antes gran invalidez), le corresponde el reconocimiento de una discapacidad. Es decir, siempre que una incapacidad permanente no sea en grado de parcial, el pensionista tendrá derecho a que se le reconozca también una discapacidad.
En este artículo nos centraremos en el grado de discapacidad correspondiente a la incapacidad permanente total.
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