Dos de los grados de incapacidad permanente que se le pueden reconocer a un trabajador son la incapacidad permanente total y la absoluta. Para evitar posibles confusiones entre ambas, a continuación vamos a explicar las diferencias entre ellas.
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Contacte con nosotros¿Qué diferencias hay entre la incapacidad permanente total y la absoluta?
Las diferencias a tener en cuenta entre la incapacidad permanente total y la absoluta son tanto cualitativas como cuantitativas. Pasamos a exponerlas:
Compatibilidad con el trabajo
Una diferencia notable entre la incapacidad permanente total y la absoluta es en qué medida se considera que el trabajador está incapacitado para desarrollar actividades laborales. Así pues:
- La incapacidad permanente total es la que corresponde cuando el trabajador no puede realizar -ni siquiera- las tareas fundamentales de su profesión habitual. Por lo tanto, no puede trabajar en lo que lo venía haciendo, pero sí dedicarse a otro tipo de actividad.
- La incapacidad permanente absoluta es aquella en la que se declara que el trabajador no puede dedicarse a ninguna profesión u oficio. Entonces, en este caso se entiende que no se puede trabajar, si bien a la hora de la verdad sí es posible desarrollar algunos trabajos muy específicos.
La gran diferencia es que si se tiene la incapacidad permanente total, no habrá problema alguno en trabajar, si no es en la profesión habitual. Sin embargo, en caso de obtener la incapacidad permanente absoluta, las posibilidades de trabajar se reducen en gran medida.
Por ejemplo: un trabajador con incapacidad permanente total por una lesión de espalda que era albañil quizás podría trabajar como comercial o como dependiente, pero no podría hacerlo como albañil mientras mantuviera la prestación (sólo en caso de revisión por mejoría). Tampoco podría dedicarse a actividades en las que tuviera que desarrollar un esfuerzo físico similar (por ejemplo, como minero).
Ahora bien: si el mismo trabajador había obtenido una incapacidad permanente absoluta por la gravedad de su lesión, se entiende que está mucho más limitado para trabajar, y le sería muy difícil encontrar una profesión que se considerara compatible, por lo que las posibilidades disminuyen mucho. Pero, por ejemplo, quizás podría trabajar en un puesto adaptado en un centro especial de empleo.
Así las cosas, debemos advertir que, antes de decidirse a trabajar teniendo una incapacidad permanente absoluta, hay que asesorarse muy bien. Que un trabajo se considere compatible con la incapacidad permanente absoluta no es tan sencillo, y arriesgarse puede suponer la pérdida de la prestación.
Porcentaje de la base reguladora
El porcentaje de la base reguladora que corresponde a cada incapacidad es distinto:
- Un 55%, en el caso de la incapacidad permanente total (75% en caso de la cualificada);
- y el 100%, cuando se trata de una incapacidad permanente absoluta.
No obstante, esto no significa que un trabajador en situación de incapacidad permanente absoluta tenga que cobrar un 45% más que uno que tiene la total, porque depende de cuál sea la base reguladora de cada uno de ellos.
Pongamos por ejemplo que un trabajador tiene una base reguladora de 800 euros, y se le declara la incapacidad permanente absoluta. En cambio, otro trabajador tiene una base reguladora de 1.500 euros, y se le concede la total. El primero cobrará 800 euros de prestación, y el segundo 825 euros. Por lo tanto, el trabajador con incapacidad permanente total cobra más, en este caso, que el que tiene la absoluta.
Efectos fiscales
Finalmente, otra diferencia importante entre ambos tipos de incapacidad permanente es que la total retiene IRPF y la absoluta no.